Redacción Minuta Legislativa
El Congreso local aprobó reformas al Código Penal para reconocer la figura de legítima defensa con perspectiva de género, aplicable cuando una mujer actúe tras haber sufrido violencia o ante un riesgo inminente.
La modificación establece que no habrá responsabilidad penal si una mujer causa daño a su agresor en un contexto previo de violencia de género. Además, se deberá analizar cada caso considerando las circunstancias específicas de la víctima al momento de los hechos.
También se contempla como legítima defensa la intervención de terceros que actúen para proteger a una mujer frente a agresiones físicas, sexuales o con riesgo feminicida.
La reforma precisa que no se considerará exceso en la defensa cuando la víctima haya actuado bajo miedo, terror o confusión, condiciones que pueden afectar su capacidad de reacción.
Con este cambio, se busca evitar la criminalización de mujeres que se defienden de sus agresores, una situación que anteriormente derivaba en procesos penales por lesiones u homicidio. Legisladores señalaron que esta medida fortalece la protección de los derechos de las mujeres y promueve un sistema de justicia más equitativo.