Redacción Minuta Legislativa
El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó una reforma al Código Penal estatal para castigar con cárcel y multa a quienes apliquen o promuevan prácticas conocidas como “terapias de conversión”, que buscan modificar la orientación sexual o identidad de género de las personas.
Con esta modificación, los llamados Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y de Identidad de Género (ECOSIG) se consideran un delito que atenta contra la dignidad humana. Las sanciones van de dos a seis años de prisión y multas de mil a dos mil veces el valor de la UMA.
Las penas se duplicarán si las víctimas son menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad, o si el agresor mantiene una relación de poder con la víctima, como docente, médico o funcionario público. En estos casos, además, se podrá imponer destitución e inhabilitación laboral.
El dictamen también establece que los profesionales de la salud que participen en estas prácticas serán suspendidos de su ejercicio profesional de uno a tres años.