Redacción Minuta Legislativa
El Congreso de Michoacán aprobó reformas al Código Familiar del estado que otorgarán a madres y padres la libertad de decidir el orden de los apellidos al registrar el acta de nacimiento de sus hijas e hijos. Con la modificación a los artículos 56 y 118, la 76 Legislatura reconoció que el nombre y la identidad son derechos fundamentales que deben protegerse desde el momento del registro civil.
La reforma también incorpora un mecanismo de protección para víctimas de violencia familiar. Una vez cumplidos los 18 años, cualquier persona podrá solicitar ante la autoridad judicial cambiar el orden de sus apellidos o eliminar el del progenitor que haya ejercido violencia o cometido un delito en su contra.
El nuevo marco legal incluye ajustes en la expedición de actas de defunción para cadáveres, restos humanos no reclamados o no identificados, ordenando que el Registro Civil emita el documento con una nota marginal que incluya datos de investigación y, en caso de restos óseos, características y perfil genético.
Además, se reformaron los artículos 16, 19 y 20 de la Ley Orgánica del Registro Civil para permitir que su Dirección y sus Oficiales puedan corregir errores mecanográficos u ortográficos sin afectar datos esenciales. Finalmente, se estableció que para ser oficial del Registro Civil será necesario contar con título en Derecho o experiencia comprobable en la práctica jurídica.