Redacción Minuta Legislativa
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció las reformas sobre violencia vicaria en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en los Códigos Civil y Penal Federales, pero exhortó al Congreso a precisar la tipificación del delito. La violencia vicaria se define como actos dirigidos a dañar a mujeres a través de hijos, familiares o allegados, y actualmente está reconocida en 29 estados y en 22 códigos penales estatales.
La resolución responde a la acción de inconstitucionalidad promovida por la CNDH, que señaló la falta de protección integral para las infancias y riesgos de impunidad. Según el Frente Nacional contra Violencia Vicaria, se han atendido más de 4,800 casos, afectando a más de 10 mil niños y adolescentes, mientras que la Red Nacional de Refugios ha apoyado a 5,720 mujeres en 2025.
A pesar de reconocer la importancia de la norma, tres ministros votaron en contra, argumentando que la redacción actual es imprecisa y podría vulnerar el principio de legalidad. La SCJN subraya la necesidad de garantizar claridad, seguridad jurídica y justicia efectiva para víctimas y sus familias.
La Ciudad de México registra la mayor incidencia, seguida del Estado de México y Nuevo León, evidenciando un reto nacional en protección y aplicación de la ley.