Redacción Minuta Legislativa
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la reforma de enero de 2024 que tipifica y sanciona la violencia vicaria, aunque advirtió al Congreso de la Unión sobre ambigüedades en su redacción. La CNDH había impugnado la ley, argumentando que no protege adecuadamente a niñas, niños y adolescentes, quienes también pueden ser víctimas indirectas, y señalando falta de claridad legal sobre la definición del delito.
La ministra ponente Lenia Batres Guadarrama destacó que la finalidad de la reforma es proteger a las mujeres frente a la violencia ejercida a través de terceras personas, sin desproteger a la niñez . La Corte resolvió con tres votaciones: por unanimidad se avalaron cambios en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Civil, mientras que hubo disidencias sobre la modificación al Código Penal Federal 🏛️.
Las ministras Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Giovanni Figueroa señalaron que los artículos que definen la “violencia a través de interpósita persona” carecen de precisión y podrían vulnerar el principio de legalidad. Por ello, la sentencia incluirá un exhorto al Congreso para que corrija estas ambigüedades y garantice una tipificación clara del delito